Nueva Arremetida contra la Sociedad Civil – Ismael Pérez Vigil

Nueva Arremetida contra la Sociedad Civil - Ismael Pérez Vigil

Publicado en: Blog personal

Por: Ismael Pérez Vigil

Tal parece que resucita el Proyecto de Ley de Cooperación Internacional, enterrado hace un año en alguna gaveta de la Asamblea Nacional. No es de esperar ninguna buena intención o la solución de algún problema con esta Ley; se trata de una nueva arremetida contra la sociedad civil −contra las organizaciones no gubernamentales (oenegés) defensoras de derechos humanos, de asistencia humanitaria, defensoras de derechos políticos, etc. − arremetida que ha sido práctica constante desde 1999.

Desde la instauración de este régimen por Hugo Chávez Frías y desde la aprobación y entrada en vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999 el gobierno ha arremetido en contra de la sociedad civil, que, en un principio, parecía haber impulsado. Todos recordamos que en 1999 en las regulaciones con las que se convocó a una Asamblea Constituyente, a la sociedad civil se le estaba dando preeminencia y mayor espacio; pero, no tardamos en descubrir que en realidad esto no era así, sino que se trataba simplemente de una forma más de restar importancia y relegar a los partidos políticos.

TSJ y Sociedad Civil:

No cabe duda, cual es la posición de la Constitución Bolivariana y la “intención del legislador” en cuanto al papel que le atribuye a la sociedad civil; sin embargo, el TSJ con varias sentencias dictadas por la Sala Constitucional, en las que se alude a la sociedad civil y en las que se ha disminuido, confiscado o menoscabado sus funciones. (No haré una descripción pormenorizada, para ello ver: La Sociedad Civil Resiste en https://bit.ly/3mWlhuM)

En estas sentencias hay varios elementos en común; uno de ellos es la interpretación restrictiva del artículo 70 de la Constitución, al restringir la participación ciudadana y hasta quitarle el carácter de sociedad civil, para que no puedan ejercer las funciones que les confiere la Constitución. A través de estas sentencias, el TSJ ha moldeado y restringido, considerablemente, el concepto de sociedad civil y deja el terreno preparado para que, eventualmente, a futuro −como de hecho está pronto a ocurrir si se aprueba el Proyecto de Ley de Cooperación Internacional mencionado−, prácticamente ninguna organización pueda considerarse como parte de la sociedad civil.

Sin embargo, hay que aclarar que si bien la intención de la desinformación gubernamental es atemorizar, las sentencias del TSJ no restringen, ni limitan o prohíben la posibilidad de actuar o de constituir oenegés o que la sociedad civil se organice u obtenga financiamiento interno o externo. Simplemente –sin ironía– limitan las posibilidades de actuar en el contexto de la Constitución Bolivariana.

Es decir, si de acuerdo con la Constitución es condición para actuar en alguno de los comités o actividades señaladas en la Constitución o se necesita la calificación de organización de la sociedad civil, las sentencias del TSJ limitan considerablemente esa capacidad y restringen y menoscaban los privilegios y beneficios que la Constitución había conferido a la sociedad civil organizada. Estamos frente a una confiscación legal o el menoscabo de un derecho por culpa de una interpretación del TSJ, pero no se trata, de una actividad ilegal, ni para la organización de la sociedad civil, ni para quien la financie. Esto es bueno aclararlo para que las organizaciones y quienes las apoyan, no desistan de su empeño ni merme el apoyo financiero a ellas.

Asamblea Nacional y Sociedad Civil

Las arremetidas contra la sociedad civil no solo provienen del TSJ; también la Asamblea Nacional desde hace más de veinte años ha hecho sus propias interpretaciones de carácter restrictivo. La más notoria es la relativa a la Ley Orgánica del Poder Electoral, LOPE, del19 de noviembre de 2002, en cuyo artículo 19, sobre el Comité de Postulaciones para el CNE, dispone que se integra con 21 miembros, de los cuales 11 son diputados; decisión que no solo contradice el espíritu de la Constitución, sino que está claramente en contra de sentencias del TSJ −la del 21 de noviembre de 2000, por ejemplo− que señala que las organizaciones y partidos políticos “… no conforman la sociedad civil, sino la sociedad política cuyos espacios están delimitados por la Constitución y las leyes…”

 Esta intromisión, que impacta la composición del Poder Electoral, es el caso más emblemático y notorio de restricción al papel de la sociedad civil, pues en él, la sociedad civil debe ejercer de manera directa y activa un papel muy importante en la designación directa de tres de los cinco miembros.

Gobierno actual y Sociedad Civil.

Durante el Gobierno electo en el año 2018 han seguido estos intentos de controlar las actividades de las oenegés, y a tal efecto ha intentado algunas iniciativas; veamos unos pocos ejemplos:

1.- El acoso a diversas organizaciones defensoras de derechos humanos y de ayuda humanitaria; todos recordamos la agresión, allanamientos de su sedes y detención de sus directores en contra de los comedores de Caracas Mi Convive −Alimenta la Solidaridad− en Miranda y Azul Positivo, en el Zulia; dos iniciativas cuyo propósito es aliviar el hambre en algunos sectores populares de Miranda, Caracas y Zulia. Y no podíamos dejar de mencionar, el arresto de tres directivos de FundaREDES, en julio de 2021, tras denunciar graves irregularidades y violaciones de derechos humanos en estados fronterizos del país; su director principal, José Javier Tarazona, al momento de publicar este escrito, después de diez meses, continúa detenido, en precario estado de salud y a pesar de todas las denuncias y solicitudes nacionales e internacionales reclamando su libertad.

2. Las amenazas contra las organizaciones de la sociedad civil revisten características peculiares, como lo fueron dos providencias administrativas, en marzo y mayo de 2021, de la Oficina Nacional Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, que con base en la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y el Financiamiento al Terrorismo, que −sin ninguna justificación legal− crearon un Registro Unificado de Sujetos Obligados ante la Oficina Nacional Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo (RUSO-ONCDOFT), por el cual se pretende, como indica su nombre, el establecimiento de un registro de estas organizaciones, en el cual deben figurar, entre otros, los objetivos, actividades, aliados, directivos y personal de las mismas.

Desde luego la reacción de las oenegés afectadas no se hizo esperar, denunciaron la ilegalidad de la providencia ante organismos internacionales, la opinión pública nacional, el propio Gobierno y el TSJ; se declararon en rebeldía frente a esta disposición y manifestaron que no procederán a hacer el mencionado registro; transcurrido un año, no ha podido establecerse dicho registro y el Gobierno no ha hecho intentos por forzar su aplicación.

3.- Tras los intentos de criminalización de la actividad de las oenegés, la Asamblea Nacional elegida en el 2020 comenzó a discutir un Proyecto de Ley de Cooperación Internacional para regular las actividades −y sobre todo el financiamiento internacional− de las oenegés; el Proyecto que ha tenido una sola discusión en la Asamblea Nacional, está paralizada su aprobación desde hace más de un año.

La última arremetida.

Los hechos referidos nos indican que la amenaza contra las organizaciones de la sociedad civil sigue pendiente y −como ya hemos dicho− tal parece que ahora se activa de nuevo al desempolvar el Proyecto de Ley de Cooperación Internacional que reposa en la Asamblea Nacional.

Con respecto a esta ley, más de 500 organizaciones de la Sociedad Civil han emitido y puesto a circular un documento denominado: “Organizaciones de la sociedad civil rechazan proyecto de ley anti-solidaridad que cierra la cooperación internacional.”, en el cual analizan a fondo dicha Ley y los prejuicios que ocasiona. Esperamos que ese documento y otras iniciativas logren sensibilizar al país y a la comunidad internacional y alertar acerca de los peligros que encierra esa ley para las libertades públicas y los derechos humanos y los continuos intentos del régimen venezolano de hostigar, controlar los recursos y criminalizar la actividad de las organizaciones de la sociedad civil, defensoras de los derechos humanos y asistencia humanitaria.

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